Pido el uso de esta tribuna con la finalidad de presentar una iniciativa que reforma el Código de Familia del Estado de Yucatán en materia de testamentos.
Esta
iniciativa surge como una respuesta a la inquietud que han tenido varios
ciudadanos que así me lo han manifestado y a la obligación que tenemos los
legisladores de encontrar soluciones a problemáticas actuales y que además
pueden convertirse en problemáticas futuras.
Ahora que las
circunstancias como ya sabemos de la pandemia ha obligado a los poderes
públicos, a reinventar el quehacer en sus obligaciones y un ejemplo de ello es
que esta soberanía hace algunos meses reformo la constitución del estado la ley
y el reglamento del poder legislativo para poder sesionar fuera del recinto por
medio de tecnologías de la información y de la comunicación en ese mismo
contexto debemos recordar que también la Suprema Corte, el Instituto Nacional
Electoral y varios órganos jurisdiccionales tienen ya en la tecnología una
herramienta para mantener acciones y garantizar la impartición de justicia y
las condiciones democráticas del país. La educación ha seguido también el mismo
cauce a través de la educación a distancia para que millones de niñas, niños
puedan mantener esa enseñanza.
Es decir, que
la tecnología ha abierto una nueva oportunidad para maximizar los derechos de
la sociedad en conjunto y debemos echar mano de ella para cuidar, y atender
circunstancias que son de importancia para el ser humano, como lo es, el
preservar la voluntad personalísima de las personas antes del fallecimiento.
Como he dicho,
la iniciativa que se propone adiciona una modalidad de testamento especial, la
cual permite que las personas que se encuentren internadas en centros médicos
públicos o privados, cuya condición clínica amerita urgencia ante la
posibilidad de perder la vida, puedan, legalmente testar mediante las
tecnologías de la información y la comunicación.
Hoy más que
nunca la tecnología debe incluirse en algo tan esencial como es la transmisión
de la voluntad humana para asegurar la certeza patrimonial posterior al
fallecimiento.
Esto no es un
tema menor cuando reflexionamos sobre los cientos de personas que acuden a
clínicas y una vez que su condición se agrava, son aislados, y ya no se les
permite contacto alguno con el mundo exterior, sin forma de comunicarse ni
mucho menos la oportunidad de realizar algún trámite notarial donde pueda dejar
su voluntad respecto a su patrimonio.
Esto nos lleva
a preguntarnos, ¿Cuántas personas habrán muerto sin un testamento que le dé
certeza a su familia?
De aprobarse
esta iniciativa, Yucatán contemplaría en su legislación sustantiva familiar con
testamentos especiales tales como el militar, el marítimo, el hecho en un país
extranjero y ahora se sumaría este, un testamento especial otorgado a través de
las tecnologías de la información y comunicación.
Hay que
precisar, este modo de testamento no sustituye al testamento en general, es una
modalidad especial, así como existe ahora el militar en caso de guerra, el
marino en caso de que te encuentres en una embarcación y no tengas a
disposición un notario, el otorgado en el extranjero donde puedes ir ante un
consulado y hacer válida la voluntad sucesora, sería agregarle esta otra
modalidad en caso de que las personas tengan que ser aisladas por motivos de
enfermedad y no tengan acceso a un notario o a realizar estos trámites
notariales.
Cabe resaltar
que esta propuesta cuida la certeza, la legalidad y, pero sobre todo el derecho
personalísimo del ciudadano para dejar video grabada su voluntad respecto a
administración de los derechos y obligaciones a sus herederos. Para ello se
proponen estrictas formalidades para asegurar su viabilidad ponderando en todo
momento la certeza jurídica tanto del acto como del testamento otorgado a
través de las tecnologías de la información y comunicación, pues éste
necesariamente será conocido por una autoridad judicial familiar para dar el
trámite correspondiente.
Es decir, no
es solamente que se autorice dejar un video, sino de lo que se trata es de toda
una herramienta que establece también ciertas formalidades como el garantizar
que la persona se encuentre en pleno uso de sus facultades físicas mentales
para poder otorgar ese testamento, la presencia de testigos, el registrar este
mismo testamento para que una autoridad pondere la viabilidad o no del mismo,
es decir no es solamente dejar un video y que por sí mismo este haga las veces
de fe pública, de fe que otorgue la certeza si no hay una serie de
acompañamientos que son similares a los que ya se emplean en otro tipo de
testamentos especiales.
El objetivo es
muy claro, posibilitar que aquellas personas que, al ser diagnosticadas e
ingresadas en hospitales y clínicas, por lo grave de una enfermedad, sean
completamente aisladas del mundo exterior, tal como sucede actualmente con el
Coronavirus, pueda acceder a este testamento especial para preservar y otorgar
su última voluntad respecto a sus bienes y derechos.
Hago entrega en versión física y digital de la presente iniciativa.


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